El Gobierno habilitó a que las prepagas apliquen aumentos diferenciales

La medida se reglamentó a través del Boletín Oficial. Hasta ahora, las empresas tenían la obligación de aumentar el mismo porcentaje a todos sus afiliados.

17 de Febrero de 2025

BEAT 991 El Gobierno habilitó a que las prepagas apliquen aumentos diferenciales

A través del Decreto 102/2025, el Gobierno oficializó este lunes la medida que trae nuevos cambios en la reglamentación de las prepagas.La resolución estableció que las empresas de medicina privada podrán actualizar las cuotas de sus planes en forma diferenciada, en lugar de aplicar un único porcentaje para todos sus afiliados, tal como viene ocurriendo en la actualidad.

Con el cambio en el artículo 17 del decreto N° 1993 de 2011, se estableció que “los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la Ley N° 26.682 y sus modificaciones podrán establecer libremente los valores de las cuotas de los planes de salud ofrecidos durante toda la vigencia del contrato. El porcentaje de ajuste podrá variar según las características específicas de cada plan de salud que comercialicen".

Además, la medida agrega: “El valor de la cuota de la última franja etaria no podrá superar el triple del valor de la cuota de la primera franja etaria. Los planes de cobertura para la última franja etaria deben estar disponibles sin límites de edad máxima, ya sea para la admisibilidad de nuevos usuarios o la permanencia de los existentes”.

“Las entidades deberán informar a los usuarios, de manera clara y destacada, las modificaciones en el valor de las cuotas y/o de los copagos. Esta comunicación, que deberá detallar el porcentaje de variación aplicado y el nuevo valor de la cuota mensual, se realizará dentro de los CINCO (5) días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA”, agregó el documento que estableció que los usuarios deben ser notificados de los ajustes con una antelación no inferior a 30 días corridos previo al vencimiento.

Hasta ahora las prepagas podían establecer libremente el valor de la cuota pero no tenían permitido aumentar en mayor medida a los planes más caros.

Asimismo, el decreto incluye además un cambio sustancial en el tratamiento de los afiliados de mayor edad. Se definió que los precios de las cuotas para los afiliados de la franja etaria más alta no podrán superar el triple de lo pagan los afiliados jóvenes por el mismo plan.

La medida también dispuso que las prepagas tengan sus planes de salud disponibles para los mayores sin límite de edad, tanto para afiliados nuevos como para los ya existentes.

Actualizar los planes de salud privada sin estar atado a un único porcentaje, entiende el Gobierno, evitará un perjuicio directo a la clase media que solo generaba distorsiones en el sistema y atentaba contra la libre competencia.





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